12 May REFLEXIONANDO SOBRE LA LEY DE EMPRENDEDORES
Queridos emprendedores,
Empezaré diciendo que, para mí, una Ley de Emprendedores debiera tener como objetivo el desarrollo de una sociedad más emprendedora, en el buen entendido que será una sociedad con más oportunidades, más libre y, en definitiva, mejor. Una sociedad con un tejido empresarial mayor en número y, sobre todo, en competitividad.
Con ese propósito empezaré, según aconsejan las buenas prácticas, por el lado positivo del feedback. Me gusta que los emprendedores empiecen a estar en la agenda de prioridades. Y además algunos aspectos concretos de esta nueva norma: mejoras en el tratamiento fiscal al capital semilla, pago de IVA ligado al cobro de las facturas, creación de un fondo del ICO para inversión en nuevos proyectos, limitación de responsabilidad caso de quiebra, el fomento de la segunda oportunidad o el abaratamiento y simplificación de trámites.
Ahora bien, valorando la sensibilidad al asunto, creo que la ley ofrece soluciones válidas pero hecho a faltar una visión más amplia. Considero que falta ambición y altura de miras para crear un instrumento que efectivamente permita a España dotarse de un tejido empresarial más competitivo. Estamos en un momento en el que España demanda grandes e innovadores proyectos. Por ejemplo, recientemente el gobierno brasileño ha anunciado la creación de un ministerio para las pymes, empresas que han creado 6 millones de puestos de trabajo en 2.011 y 2.012.
Sintetizando son cuatro los aspectos que echo a faltar:
1º/ Educación: es vital que desde el colegio a la universidad nuestros niños y jóvenes vayan aprendiendo a emprender y, sobre todo, a valorar la figura y contribución del emprendedor Y, a partir, de ahí a emularlos. Como ocurre con Messi o Cristiano Ronaldo. Hay que crear desde la escuela una verdadera revolución emprendedora. Necesitamos más gente emprendedora.
2º/ Concepto de emprendedor: creo que entre todos hemos establecido un axioma que viene a decir “emprendedor = joven montando un nuevo negocio en internet”. Es una visión muy segementada. En relación a esto me parece un grave error no contemplar en el ámbito de esta ley a las empresas gacela. En España hay mucha pyme gacela, la mayor parte de capital familiar por cierto, que exportan, innovan, hacen I+D y por eso cuenta con tecnologías propietarias, que compiten en los mercados globales y que debieran ser nuestras multinacionales del futuro. Hay una pléyade de interesantísima de pymes, muchas de base tecnológica, en sectores muy variados como agricultura, alimentación, aeronáutico, retail, restauración, logística interna, moda, biotecnología, salud, cadenas de franquicias, industrial,-….. Porque en estas empresas hay líderes emprendedores al frente, modelos de negocio probados, equipos, enfoque a competitividad, mirada internacional …. Lo tienen todo para ser baluarte de un futuro tejido empresarial muy potente y con proyectos ganadores en el entorno global
3º/ Trasferencia de tecnología: habría que ser más audaz para conseguir que los líderes tecnológicos que están en el entorno público (universidades o centros de innovación) se animen a industrializar sus desarrollos tecnológicos. Por ejemplo, creando excedencias especiales para que pueden formar parte de iniciativas empresariales que demandan su presencia a tiempo completo
4º/ Mercados de Capitales: Todo los propuesto será difícil que progrese si no se crean espacios para que los inversores en start ups o en pymes gacela puedan obtener sus legítimas plusvalías como inversores. No hay un mercado secundario bursátil potente y es tan, tan necesario.
En todo caso, prefiero ver el vaso medio lleno. Esta Ley de Emprendedores es un primer avance y espero que con el empuje de todos los que estamos en es ecosistema consigamos pronto la versión 2.0., con medias más ambiciosas, contundentes y de mayor retorno en términos de crecimiento empresarial y creación de empleo. Las administraciones deben concienciarse para ponerse a disposición de quien crea empleo y riqueza. Porque las empresas no deben ser solo un yacimiento de impuestos.
Hasta pronto. No dejes de esforzarte por ser muy feliz que, al final del día, es lo más importante para ti y los que te rodean
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Publicada a las 21:01h, 15 mayo[…] Si te interesa esta #tsNews!, sigue leyendo … […]
Carlos Pavón
Publicada a las 12:36h, 18 mayoTotalmente de acuerdo con tu reflexión Manuel, especialmente en lo relativo a inculcar el espíritu emprendedor desde la educación. Mientras no se abandone la idea de «un puesto fijo» o «un puesto para toda la vida» no se fomentará la actividad empresarial. Cierto que no todo el mundo tendrá capacidad para desarrollar un negocio, pero sí tengo la impresión de que se están perdiendo espíritus emprendedores en el actual modelo.
Quisiera añadir un dato importante a corregir en el sistema. Emprender es arriesgar, pues no hay beneficio sin riesgo. Pero el control sobre el riesgo fomenta el emprendimiento. Pues bien, dejando a un lado el riesgo económico inherente a cualquier negocio y sus mecanismos de control, resulta preocupante el riesgo jurídico dimanante de la inseguridad jurídica que causan las contantes modificaciones normativas y algunas resoluciones judiciales manifiestamente injustas.
Sin ánimo de generalizar, pondré dos ejemplos de lo segundo: un juzgado mercantil inadmite la declaración en concurso de acreedores de una sociedad que, siendo insolvente, presentaba en su balance importantes reservas voluntarias. El juez no alcanzaba a comprender que las reservas no suponen dinero líquido en la empresa. En otro supuesto, un juez laboral aceptó la pretensión infundada de un grupo de trabajadores contra una empresa porque «así dormía más tranquilo», lo cual provocó el cierre de la empresa.
Estos casos reales no ayudan a fomentar el espíritu emprendedor, ya que se amparan en la impunidad judicial a la hora de dictar resoluciones injustas. El sistema de recursos no soluciona estas situaciones por su demora y coste, por lo quizá convendría fomentar un régimen de responsabilidad claro del juez que ve revocadas sus resoluciones, de igual forma que la parte es condenada en costas cuanda pierde el juicio. Pero este ya es otro debate…
Manuel Bermejo
Publicada a las 07:46h, 19 mayoCarlos, muchas gracias por compartir tus reflexiones y testimonios